El pasado viernes 17 de marzo de 2023 se publicó en el BOE. el extracto de la convocatoria de becas de carácter general para el curso académico 2023/2024, para estudiantes que cursen estudios post-obligatorios.

 

El texto íntegro de la convocatoria puede consultarse en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (www.educacionyfp.gob.es) o en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/681847)

 

Las distintas fases del procedimiento serán similares a las que se establecieron por primera vez para el actual curso 22/23. Os detallamos en este pequeño resumen en qué consiste cada una de ellas.

 

1ª FASE. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

 

El plazo de solicitud para los alumnos se abrirá el próximo lunes 27 de marzo y se extenderá hasta el día 17 de mayo de 2023 inclusive.

 

Como en cursos anteriores, los solicitantes accederán al formulario de solicitud a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://sede.educacion.gob.es), registrándose previamente si no lo estuvieran ya. El solicitante siempre será el alumno/a. En el proceso de cumplimentación de la solicitud, si el alumno/a fuese menor de edad, se requerirá como firmante al padre, madre, tutor/a del alumno/a.

 

Entre los datos que se le requieren al alumno en el formulario, se hará constar de manera provisional, todo lo referido a estudios a realizar en el próximo curso 23/24 (curso, nivel educativo y centro de estudios). De momento los solicitantes declararán los estudios en los que prevén matricularse y el centro de estudios probable en el que se matricularán. En las solicitudes de alumnos/as que vayan a hacer la EVAU, deben hacer constar la Universidad que el solicitante tenga asignada para la realización de la mencionada prueba.

 

2ª FASE. COMPROBACIÓN DE DATOS PERSONALES Y FAMILLARES

 

Entre mediados de mayo y mediados de julio, en las unidades de becas comprobaremos si los solicitantes cumplen ciertos requisitos generales establecidos en la convocatoria, y se verificarán circunstancias que vengan declaradas como la condición de familia numerosa, discapacidad de algún miembro de la unidad familiar, alumnos que se declaran independientes, condición de familia monoparental, etc., pudiendo requerir en algún caso a los solicitantes documentación adicional si fuera necesario

 

3º FASE. CRUCE DE DATOS CON LA AGENCIA TRIBUTARIA

 

Durante el verano, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, una vez finalizada la campaña de la renta 2022, cruzará datos con la AEAT para comprobar si los solicitantes cumplen con los requisitos económicos establecidos (renta, patrimonio, facturación en negocios, etc.)

 

A finales de agosto/primeros de septiembre el Ministerio informará a los solicitantes sobre si han cumplido o no dichos requisitos económicos.

 

4ª FASE. ALEGACIONES ANTE DENEGACIONES Y MODIFICACIÓN DE DATOS ACADÉMICOS

 

Hacia mediados del mes de septiembre el Ministerio de Educación y Formación Profesional establecerá un plazo para que los alumnos/as solicitantes puedan entrar nuevamente a su solicitud para:

 

4.1. Si lo desean, presentar alegaciones en los casos de solicitudes propuestas para su denegación por causas económicas.

4.2 Aportar documentación de carácter económico si no se hubiera podido obtener información a través del cruce de datos con Hacienda.

4.3 Declarar, ahora ya de manera definitiva, curso, nivel de estudios y centro educativo en el que van a estar matriculados durante el curso 23/24 (no necesario para los casos en que se mantienen los datos que se pusieron de manera provisional en la primera fase, e imprescindible llevarlo a cabo si cambia cualquiera de ellos (curso, nivel o centro de estudios).

 

En esta fase ya no se podrán modificar datos personales o familiares que ya se han tenido en cuenta en las fases anteriores (ya no se puede alterar la composición de la unidad familiar o añadir circunstancias no declaradas en la solicitud inicial, por ejemplo)

 

5ª FASE. REQUISITOS ACADÉMICOS.

 

Hacia finales de septiembre/primeros de octubre, os pediremos a los centros como en cursos anteriores que nos cumplimentéis la ficha de datos académicos específica para becas de los alumnos/as solicitantes que hayan quedado asociados a cada centro de estudios.

 

Según vayamos recibiendo las fichas incorporaremos a la solicitud los datos académicos necesarios.

En las unidades de becas, entre octubre y diciembre verificaremos si los solicitantes cumplen o no los requisitos académicos establecidos. El Ministerio de Educación irá notificando progresivamente la concesión o denegación de las solicitudes. Los alumnos que reciban propuesta de denegación tendrán un plazo para poder presentar alegaciones, y los que reciban propuesta de concesión, en la credencial de becario recibirán toda la información referida a importes y cuantías concedidos, procediéndose al abono en cuenta de las cantidades que hubieran podido corresponder, también de manera progresiva.

 

 

ACTUAL CURSO 22/23

 

En los próximos días el Ministerio de Educación y Formación Profesional va a publicar en su página web la resolución definitiva de la convocatoria de becas 22/23.

 

Posteriormente, como en otros años, recibiremos los listados de becarios por centros, que os los haremos llegar lo antes posible para que nos indiquéis incidencias que se observen como bajas, inasistencias injustificadas o, tras convocatoria ordinaria y extraordinaria de exámenes, casos en que los alumnos/as hayan suspendido más asignaturas u horas de las establecidas (ya os indicaremos estas situaciones con más precisión cuando os enviemos los listados).